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	<title>Bancos al Día &#187; Jurídicas</title>
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		<title>Crece el número de porteños que opta por que opta por la mediación para resolver sus conflictos</title>
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		<pubDate>Fri, 11 Nov 2011 03:39:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La resolución alternativa de conflictos en el ámbito de las materias cuya competencia tiene la Ciudad de Buenos Aires, resultó una efectiva herramienta que hoy, a 5 años de su implementación, logra un promedio del 75% de acuerdos.
Tanto en materia penal como contravencional y de faltas, la Ciudad de Buenos Aires logró una determinante implementación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La resolución alternativa de conflictos en el ámbito de las materias cuya competencia tiene la Ciudad de Buenos Aires, resultó una efectiva herramienta que hoy, a 5 años de su implementación, logra un promedio del 75% de acuerdos.</p>
<p>Tanto en materia penal como contravencional y de faltas, la Ciudad de Buenos Aires logró una determinante implementación del sistema de mediación. Según las estadísticas de la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, en el ámbito penal el sistema alternativo de resolución de conflictos se gestionó,  durante2010, un total de 5530 procesos en los que se solicitaron más de 8000 audiencias en conflictos que van desde amenaza y daños, usurpación de domicilio, hasta portación de armas de fuego.  Las derivaciones representan el 20% de las causas penales ingresadas y el 5% de las contravencionales.   Visto por materia, el incremento de ingresos respecto del año anterior es del casi el 8% en causas penales y de más de un 13% en causas contravencionales, donde encabezan el ránking conflictos por ruidos molestos, hostigamiento, discriminación, obstrucción de la vía pública, entre otras figuras.</p>
<p>En este camino, al cumplirse esta semana cinco años de la creación del Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, cabe destacar que la mediación penal  se presenta como una herramienta exitosa que permite acortar los tiempos procesales y lograr soluciones de mayor calidad para las partes.</p>
<p>“En los últimos cinco años, a través de la creación de la Oficina se sistematizaron las derivaciones, y los ciudadanos optan mucho más por la mediación como sistema alternativo para resolver sus problemáticas”, explica Milena Ricci, a cargo del Departamento de Investigaciones, Estudios y Proyectos de la Dirección de Política Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, y hace hincapié en la agilidad que le permitió al sistema “haber implementado el cuerpo de mediadores, dado que esto permite que la comunicación con los fiscales sea más ágil, por lo cual las derivaciones son más sistemáticas, y se demora menos en los procesos”.</p>
<p>Lo cierto es que al ser la mediación un proceso voluntario, del total de audiencias que se fijan la mitad no llega a concretarse, principalmente por incomparecencia de una o ambas partes. Sin embargo, en los casos cerrados con mediación realizada el porcentaje de acuerdo en general asciende al 75% tanto para la materia contravencional como penal, observándose variaciones en este sentido según los tipos de delito o contravención, así en el caso de las amenazas o el hostigamiento el porcentaje de acuerdo trepa hasta el 80 y 78% respectivamente.  En materia penal los acuerdos de mediación representan el 8% del total de causas resueltas.</p>
<p>DATOS.  Según las cifras de la Oficina, las causas penales y contravencionales derivadas continúan en pleno ascenso: en materia penal, los principales delitos sobre los que se requirió mediación fueron: amenazas con el 60,5%, daños con el 17,5%, y usurpación con el 6,5%. En el ámbito contravencional la mayor cantidad de artículos contravenidos en las derivaciones recibidas fueron ruidos molestos con el 45%, y hostigar, maltratar, intimidar con el 44%.</p>
<p>El escenario porteño marca así una favorable tendencia a la aplicación de la figura de mediación como método alternativo para resolver temas penales en forma similar a lo que sucede en otras provincias argentinas como Chaco, Santa Fe, Buenos Aires, Chubut o Tierra del Fuego. Una de las principales debilidades del sistema, dada su voluntariedad, es la incomparencia de las partes a las audiencias, que en algunos casos asciende a niveles de casi el 50%; sin embargo, de las causas derivadas y efectivamente mediadas, los porcentajes de acuerdo alcanzan niveles de más del 70%, tanto en materia penal como en materia contravencional.</p>
<p>Los datos marcan que a través del Ministerio Público Fiscal, ingresa al Cuerpo de Mediadores el 98% de las causas derivadas en una proporción de  60% de materia penal y  40% contravencional.</p>
<p>VENTAJAS. La mediación nace no sólo como una forma más de acceso a justicia, sino que busca dotar de mayor celeridad en el tratamiento de estas problemáticas, sin necesidad de formar parte de las burocracias de los procesos judiciales. En este contexto, las cifras de la Ciudad indican un promedio de resolución de hasta 3 meses, habiendo conflictos que lograron ser definidos dentro de los 30 días.</p>
<p>“La ventaja de la mediación radica también en que existe una mayor participación de la víctima, no sucede que un ciudadano radica la denuncia y el sistema se apropia de su caso, sino que la víctima participa activamente,  generándose una resolución del conflicto de mejor calidad dado que es la forma que eligen las partes y no es impuesta por alguien de afuera, como por ejemplo un juez”, sostiene Ricci.</p>
<p>La realidad es que en términos generales, todo el marco normativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “presenta un espíritu orientado más al establecimiento de consensos y acuerdos entre las partes involucradas y a la promoción de la convivencia urbana, que a un procedimiento punitivo orientado a la persecución de los presuntos infractores”, señala Santiago Otamendi, consejero del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires.</p>
<p>Raúl Santa Cruz, Secretario de la Oficina Coordinadora de métodos alternativos de resolución de conflictos del ministerio Público Fiscal de la Ciudad, explicó a BAE que “más allá del aporte  para descomprimir el sistema, no hay que olvidar que lo más importante que ofrece la mediación es el acceso a justicia de quienes menos recursos tienen,  y asimismo hay que tener en cuenta que el sistema penal tiende a expropiar el conflicto, mientras que la mediación penal justamente devuelve a las personas la posibilidad de participar de su proceso y el mediador facilita el diálogo de las partes”.</p>
<p>COMPETENCIAS. Otro de los puntos a tener en cuenta refiere a la continua expansión de las competencias locales que seguirá diversificándose a medida que el proceso de transferencia de la Justicia Nacional ordinaria se profundice, lleva a que desde el Estado se proyecte un plan de trabajo que hace foco en el fortalecimiento del cuerpo de mediadores.</p>
<p>“Hoy en día la Oficina de Acceso a la Justicia se prepara para recibir, al igual que el resto de los operadores del sistema, un nuevo paquete de competencias penales que el Congreso Nacional aprobó recientemente, entre las cuales se encuentran algunas que podrían obtener como principal forma de resolución la salida alternativa, como ser lesiones en accidentes de tránsito e impedimento de contacto”, señala Ricci y destaca que “se podrá asumir en el contexto de nuevos traspasos de competencia de la Justicia Nacional ordinaria, no solamente penal, sino civil y patrimonial. Un área aún sin consenso sobre su definitiva configuración y sobre la cual los sistemas alternativos de solución de conflictos podrían tener también su aporte sustancial es la creación de la Justicia Vecinal o de menor cuantía, prevista en la Constitución de la Ciudad, cuya ubicación deberá estar descentralizada en las sedes de las diferentes comunas”.</p>
<p>Sabrina Santopinto<br />
Artículo publicado en el suplemento de Justicia del diario BAE</p>
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		<title>Se aprobó por unanimidad en Diputados la penalización del grooming</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Nov 2011 03:42:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[Se aprobó por unanimidad –con 48 votos afirmativos- y giró a Diputados para su sanción definitiva, un proyecto de ley  tendiente a tipificar como delito el “grooming”, es decir, el contacto de menores por la red con fines de abuso sexual.
La senadora Sonia Escudero presentó el dictamen en su calidad de presidenta de la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Se aprobó por unanimidad –con 48 votos afirmativos- y giró a Diputados para su sanción definitiva, un proyecto de ley  tendiente a tipificar como delito el “grooming”, es decir, el contacto de menores por la red con fines de abuso sexual.</p>
<p>La senadora Sonia Escudero presentó el dictamen en su calidad de presidenta de la comisión de justicia y asuntos penales, y manifestó: “Estamos penalizando la conducta anterior al delito contra la integridad sexual. El desafío es proteger a nuestros jóvenes; debemos seguir avanzando en materia de tecnología pero debemos protegerlos de los peligros a los que se exponen”.</p>
<p>El texto propone incorporar un artículo al Código Penal, para penar “con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual”. Tiene como antecedentes los proyectos presentados por la rionegrina María José Bongiorno y por los pampeanos María Higonet y Carlos Verna.</p>
<p>Los expertos convocados a las reuniones de comisión, celebraron la iniciativa de legislar en materia de “ciberdelitos” y advirtieron sobre los riesgos a los que están expuestos los menores de edad en las redes sociales y, en tal sentido apelaron a un debido control por parte de los padres.</p>
<p>Daniel Monastersky, miembro de la Asociación Argentina de Informática Jurídica (AAIJ), advirtió que “el grooming es un delito preparatorio para otros delitos más graves”, al que se exponen generalmente las personas más jóvenes. “El 75% de personas entre 14 y 18 años de edad tomó contacto con un desconocido por medio del chat”, puntualizó.</p>
<p>La senadora expresó: “Estamos creando un tipo penal nuevo; estamos adelantando la punición pero esto está fundamentado por la vulnerabilidad de las víctimas y por la gravedad del delito posterior en nuestros niños y adolescentes.”</p>
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		<title>A través de dos proyectos de ley el Gobierno intentará endurecer las sanciones para quienes incurran en delitos de lavado de dinero</title>
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		<pubDate>Thu, 03 Nov 2011 03:44:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[El oficialismo avanza a paso firme y pone la lupa en la regulación y control de los actores que juegan fuerte en el mercado financiero. Se busca agilizar el rol de la justicia en los  llamados “delitos del poder” dado que el 85% de los juicios por corrupción terminan prescribiendo
Después de muchas idas y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El oficialismo avanza a paso firme y pone la lupa en la regulación y control de los actores que juegan fuerte en el mercado financiero. Se busca agilizar el rol de la justicia en los  llamados “delitos del poder” dado que el 85% de los juicios por corrupción terminan prescribiendo</p>
<p>Después de muchas idas y vueltas, finalmente el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, anunció el envío de dos proyectos de ley al Congreso destinado a &#8220;profundizar y fortalecer la estrategia nacional en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo&#8221;. Lo cierto es que el ministerio envió al Congreso por parte del Poder Ejecutivo un proyecto de ley modificatorio del Código Penal, que establece cambios sustanciales en el tipo penal sobre terrorismo y su financiamiento.</p>
<p>La necesidad de estas modificaciones se hace imperiosa por dos cuestiones básicas: en primer lugar el próximo 24 de octubre la Argentina deberá “rendir examen” y defender ante el GAFI el grado de cumplimiento que ha tenido con respecto a las sanciones aplicadas a quienes incurran en el delito de lavado; por otro lado es necesario atender la evidente crisis de la justicia penal -donde el 85% de los juicios por corrupción termina en prescripciones, los plazos de resolución son excesivamente prolongados y sólo el 5% de los casos ingresados llega a juicio; se trata entonces de factores determinantes que llevan a que el Gobierno ponga el pie en el acelerados para avanzar sobre los llamados delitos del poder.</p>
<p>En este contexto se presentó un proyecto de ley que penaliza la manipulación del mercado financiero; un decreto que crea el Programa Nacional de Lucha contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo; y una resolución que establece procedimientos para la regulación, supervisión y sanción de las tareas de la Unidad de Información Financiera (UIF).</p>
<p>“El nuevo proyecto propicia sustituir los artículos 213 ter y 213 quater del Código Penal por un nuevo artículo 41 quinquies, que agrava las penas para los delitos cometidos con finalidad terrorista, y un nuevo artículo 306 que tipifica el delito de financiamiento del terrorismo, en forma más armónica con el contexto internacional, orientado en el sentido pretendido por el GAFI”, detalló a este diario el abogado Francisco J. D&#8217;Albora, socio del estudio homónimo.</p>
<p>El ministro Alak destacó que el lavado de dinero “como todo delito económico y organizado su investigación y sanción no es simple, sino todo lo contrario. Al delito complejo se debe responder con medidas y reformas complejas, en las que están involucradas numerosas agencias del estado. En Argentina el compromiso político en alcanzar los mejores mecanismos para dar respuesta a este tipo de delitos complejos es indiscutible y también ha sido fuertemente reconocido por los organismos internacionales, principalmente por el GAFI”.</p>
<p>Respecto a las nuevas iniciativas enviadas al Congreso, Alak sostuvo que son medidas que se enmarcan en “un camino que ha iniciado la presidenta en enero de 2010 que se basó en una profunda reorganización de todo el sistema de lucha contra el lavado de activos, que incluyó jerarquización de la Unidad de Información Financiera, y la promoción de todas las reformas normativas necesarias, para dotar de mejores instrumentos a la justicia y una correcta implementación de esta política de estado contra el crimen organizado” y augura que “el camino a recorrer, lleva a profundizar estas reformas y así lo indican los logros que estamos alcanzando en este sentido, ya que se están registrando las primeras condenas, la UIF se ha constituido en el organismo de cabecera que dirige todo el sistema anti lavado y las investigaciones, denuncias y procesos judiciales han recobrado su avance, dando concretas señales de que esos delitos de enorme afectación social y económica no quedan impunes en nuestro país”.</p>
<p>Así, todos los focos parecen estar puestos para que en el corto plazo se logren legislaciones que permitan a la justicia emprender un proceso de transformación que modificará las reglas del juego y los roles de los actores judiciales.</p>
<p>Al respecto, el presidente de la comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, Carlos Vega, explicó que se encuentran evaluando “un bloque de legalidad de tres leyes con estado parlamentario; se busca modificar la política criminal de la Argentina. Se debe incorporar el castigo a los delitos del poder político y económico que hoy en la Argentina es un punto ausente”.<br />
Por su parte, el abogado especialista en derecho penal Marcelo Alfredo Riquert sostuvo que en este camino es necesario que “se realice una profunda discusión previa a la adopción de nuevas reformas o &#8220;parches&#8221; al Código Penal para evitar este fenómeno de sancionar una ley y a los pocos meses fomentar otra que corrija los defectos de la primera”.</p>
<p>INICIATIVAS. Los proyectos sobre los que la comisión ya se encontraba avanzando firmemente apuntan a una modificación del Código Penal, en el título referido a los llamados delitos contra la administración pública: cohecho, dadivas, soborno, delitos que hoy –según sostiene Vega- “tienen ridículas penas”. Asimismo, se introduce la figura del decomiso anticipado a las sentencias judiciales en los casos de corrupción, se incorpora la figura del arrepentido y se establece una pena máxima para los jueces que ejerzan actos de corrupción. Este paquete legislativo es acompañado por una reforma integral del Código Procesal Penal –está a análisis un proyecto presentado por el diputado kirchnerista Oscar Albrieu en 2010- donde, conforme lo señala el diputado, “se pasa de un sistema inquisitorial a un sistema acusatorio, donde los fiscales tienen una función y los jueces otra. Hoy los jueces investigan y juzgan. Se modifica entonces este rol confuso que no le da ninguna garantía al acusado”.</p>
<p>El diputado advirtió que en los próximos días la Comisión avanzará en el análisis de todos los proyectos –incluidos los nuevos enviados por el Ministerio de Justicia- aunque se manifestó en contra de las nuevas presentaciones dado que, según lo considera, “nuevamente el GAFI impulsa al Ejecutivo a legislar y reformar del Código, lo que no va a tener ninguna eficacia practica en la lucha contra el lavado, dado que en vez de endurecer penas es necesario atacar las matrices de blanqueo en el mercado: corrupción, narcotráfico y terrorismo”.</p>
<p>El legislador avanza sobre el rol que debe desarrollar el arco judicial en este punto dado que –según entiende-“la justicia argentina es y siempre ha sido débil con los delitos del poder y asimismo carece de herramientas legales. Se debe modificar el rol confundido que tienen hoy los jueces y los fiscales que no le da ninguna garantía al acusado”, buscando pasar de en un “sistema inquisitorial a un sistema acusatorio, donde los fiscales tienen una función y los jueces otra, dado que hoy los magistrados acusan y juzgan”.</p>
<p>Así es que más allá de lograr el establecimiento de nuevas normas que le permitan al país cumplir con las exigencias del GAFI en materia de lavado de activos, también se pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial, donde se busca una modificación en los procedimientos de investigación de los llamados delitos complejos o “del poder”; según explica Vega: “Se trabaja sobre los plazos y las sanciones que aplican los jueces, para evitar lo que hoy sucede en la Argentina donde un juicio por corrupción dura un promedio de 14 años y tiene un 4% de índice de condenas. Así,  el 85% de los juicios por corrupción termina en prescripciones liberatorias”.</p>
<p>LA NUEVA JUGADA DEL EJECUTIVO. A fin de dar cumplimiento a las convenciones internacionales incorporadas por nuestro país, como por ejemplo la Convención Internacional para la Supresión del Financiamiento del Terrorismo y la Convención Interamericana Contra el Terrorismo, se avanzó sobre una iniciativa que prevé la creación de &#8220;un agravante específico de las penas en la parte general del Código Penal&#8221;, indicaron desde el Ministerio.</p>
<p>En este sentido, la cartera de Justicia detalló que las medidas propuestas incluyen &#8220;a todos los delitos que se cometan con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional, a realizar un acto o abstenerse de hacerlo&#8221;.</p>
<p>La nueva tipificación del delito de terrorismo mejora y amplía la normativa legal argentina sin afectar los derechos humanos y excluye expresamente que puedan ser considerados actos terroristas las acciones realizadas en el marco del ejercicio de un derecho constitucional, como la protesta social.</p>
<p>Asimismo, se crea un nuevo tipo penal de &#8220;financiamiento del terrorismo&#8221;, que prevé penas de 5 a 15 años de prisión, para &#8220;el que recolectase o proveyese fondos para la comisión de los delitos&#8221;. Hasta la actualidad, el delito de terrorismo sólo se configuraba ante la existencia de una asociación ilícita terrorista, que además de los requisitos que debía cumplir como toda asociación ilícita, exigía que esté organizada en redes internacionales.</p>
<p>Sobre el agravamiento de las penas, Riquert sostiene que “se trata de una previsión que, a primera vista, no pareciera urgente o necesaria. El incremento de pena propuesto sería una nueva apelación a la prevención general negativa como criterio rector de la finalidad de la pena: el efecto intimidante o coaccionante de penas severas, conocidamente ineficaz, si funcionara, amenazaríamos cualquier conducta disvaliosa con la pena máxima y dejarían de existir los delitos”.</p>
<p>“Se propone incrementar al doble del mínimo y el máximo la escala del delito cometido con finalidad terrorista. Hoy día, el sólo hecho de asociarse para cometer delitos con finalidad terrorista tiene pena de 5 a 20 años de prisión (art. 213 ter del CP). Si se concreta alguno de los delitos para los que se asoció, habrá un concurso real que llevará a unir la pena del delito asociativo con la pena de los delitos realizados cumpliendo el fin asociativo”, analiza el especialista.</p>
<p>En cuanto a los delitos vinculados a la manipulación del mercado, el presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Alejandro Vanoli advirtió públicamente que “se incorporan al Código Penal una serie de delitos financieros que hoy son infracciones administrativas, bajo el control de la CNV”. El funcionario explicó que “la nueva normativa incluye la tipificación del delito de abuso de información privilegiada, la manipulación de valores negociables, la captación clandestina y fraudulenta de ahorros públicos y el cohecho financiero&#8221;.</p>
<p>En este contexto, se avanzará en la creación de un Programa Nacional de Lucha contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo, que tiene por misión principal la elaboración, monitoreo, evaluación y diagnóstico de los planes de implementación de las reformas legales impulsadas en la materia. Asimismo, se procederá a la reglamentación de un sistema de regulación, supervisión y sanción que complementa las directivas e instrucciones emitidas por la Unidad de Información Financiera, para mejorar las acciones de esa organización de control.</p>
<p>Sabrina Santopinto<br />
Artículo publicado en el suplemento de justicia del diario BAE</p>
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		<title>La Justicia condenó a prisión a tres evasores querellados por la AFIP por defraudar al fisco</title>
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		<pubDate>Tue, 08 Jun 2010 22:29:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Tres evasores fueron condenados a prisión, y dos de las sentencias son de cumplimiento efectivo tras comprobarse que hubo una clara intención de defraudar al fisco por cifras millonarias, informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El tercer condenado tendrá una pena en suspenso, pero estará obligado a concretar tareas comunitarias, indicó la AFIP en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tres evasores fueron condenados a prisión, y dos de las sentencias son de cumplimiento efectivo tras comprobarse que hubo una clara intención de defraudar al fisco por cifras millonarias, informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).</p>
<p>El tercer condenado tendrá una pena en suspenso, pero estará obligado a concretar tareas comunitarias, indicó la AFIP en un comunicado.</p>
<p>&#8220;La condena más reciente corresponde al responsable de la firma Compañía Indarco, Jorge Rodolfo Charo. En este caso, la AFIP se presentó como querellante y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 de San Martín resolvió condenarlo a la pena de tres años y seis meses de prisión efectiva al comprobar su participación -como coautor- en el delito de evasión tributaria agravada&#8221;, indicó el organismo recaudador.</p>
<p>Ante la Justicia, la AFIP presentó las pruebas donde se mostraba cabalmente la registración y utilización de facturación apócrifa para la confección de declaraciones juradas que no registraban la verdadera situación fiscal de la empresa, tanto en el Impuesto a las Ganancias como en el Impuesto al Valor Agregado.</p>
<p>Según estimó la AFIP, &#8220;la defraudación ascendió a la suma de $3.095.122,78 en relación al Impuesto a las Ganancias y $1.931.111,28 en el impuesto al Valor Agregado (IVA)&#8221;.</p>
<p>En tanto, el tribunal Oral Criminal Federal de la ciudad de Córdoba condenó con tres años de prisión efectiva al contribuyente Daniel Eduardo Re, que se dedicaba a la venta al por mayor de materias primas agrícolas y comisión por la compraventa de cereales.</p>
<p>&#8220;La sentencia se basó en que el contribuyente presentó declaraciones juradas inexactas, omitió información relevante, por la apropiación indebida de los impuestos a las Ganancias, al IVA y por registrar retenciones no ingresadas&#8221;, precisó la AFIP.</p>
<p>Las maniobras realizadas por el evasor &#8220;se sustentan en la acción consciente del imputado, ya que se comprobó el ánimo de sustraerse a la obligación tributaria de cumplir con ese requisito, hecho que fue corroborado por la inexistencia de facturas y registros de operaciones&#8221;, remarcó el organismo.</p>
<p>En otro fallo, el Tribunal de Río Cuarto dictó sentencia por evasión en los impuestos a las Ganancias e IVA contra un productor rural de la zona rural de Arias, al cual se lo encontró responsable del delito de evasión tributaria simple y se le imputó la pena de tres años de prisión en suspenso.</p>
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		<title>La Corte consideró &#8220;remunerativos&#8221; unos aumentos de emergencia dados por Duhalde</title>
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		<pubDate>Thu, 27 May 2010 00:59:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[La Corte Suprema de Justicia consideró &#8220;remunerativos&#8221; los aumentos de sueldo de emergencia dispuestos durante el gobierno interino de Eduardo Duhalde para &#8220;recuperar el ingreso alimentario&#8221; y destinados &#8220;a corregir el deterioro&#8221; de &#8220;las remuneraciones en general y los salarios de menor cuantía en especial&#8221;.
Se trata de incrementos de entre 100 y 200 pesos otorgados [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Corte Suprema de Justicia consideró &#8220;remunerativos&#8221; los aumentos de sueldo de emergencia dispuestos durante el gobierno interino de Eduardo Duhalde para &#8220;recuperar el ingreso alimentario&#8221; y destinados &#8220;a corregir el deterioro&#8221; de &#8220;las remuneraciones en general y los salarios de menor cuantía en especial&#8221;.</p>
<p>Se trata de incrementos de entre 100 y 200 pesos otorgados por el gobierno tras la crisis de fines de 2001, y que fueron aplicados a los trabajadores privados entre el 1 de julio de 2002 y el 1 de mayo de 2003. La Corte se pronunció así ante el reclamo del trabajador Martín Nicolás González contra la empresa Polimat, ya que por el carácter &#8220;no remunerativo&#8221; de aquellos aumentos había visto reducida su indemnización por despido.</p>
<p>La Sala Octava de la Cámara Laboral había reducido la indemnización al considerar que los decretos de necesidad y urgencia 1273/02, 2641/02 y 905/03 estipulaban &#8220;asignaciones no remunerativas de carácter alimentario&#8221;.</p>
<p>Los decretos fijaban aumentos de 100 pesos entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2002; 130 entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2003; 150 entre el 1 de marzo y el 30 de abril de 2003, y 200 a partir del 1 de mayo de 2003.</p>
<p>El máximo tribunal recordó que los decretos fueron emitidos a raíz de la comprobación de que se había &#8216;deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios perjudicando a los trabajadores&#8217;&#8221;. Al rechazar el concepto de &#8220;no retributivo&#8221; de esos incrementos, la Corte reivindicó que &#8220;el carácter alimentario es naturalmente propio del salario&#8221;.</p>
<p>&#8220;Constituye, substancialmente una prestación tendiente a proveer el sustento del trabajador y de su familia&#8221; y en el contexto en que fueron dictados &#8220;tendía a &#8216;continuar con la política de recomposición del poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores&#8217;&#8221; afectados por la crisis.</p>
<p>&#8220;Los decretos 1273/02, 2641/02 y 905/03 resultan inconstitucionales en cuanto desconocen la naturaleza salarial de las prestaciones que establecen&#8221;, corrigió el tribunal, con las firmas de los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.</p>
<p>Justamente la jueza Argibay, en su voto, fue más allá y reiteró su criterio sobre la invalidez de los decretos de necesidad y urgencia que no fueron controlados por la Comisión Bicameral Permanente que establece la Constitución. Argibay criticó el fallo de la Cámara laboral que &#8220;iguala las normas dictadas por el Presidente a las leyes&#8221;.</p>
<p>&#8220;Un decreto de necesidad y urgencia no adquiere tal condición por la mera decisión del Presidente de adjudicarle ese rótulo, sino cuando se han seguido para su dictado los procedimientos establecidos en la Constitución Nacional&#8221;, insistió.</p>
<p>&#8220;En el caso no se ha demostrado que los decretos de necesidad y urgencia objetados hayan sido sometidos a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, por cuanto a la fecha en que fueron dictados no estaba constituida y por lo tanto, no hubo pronunciamiento oportuno por parte de las Cámaras del Congreso&#8221;, abundó.</p>
<p>Argibay ya había manifestado esa postura en al menos dos fallo trascendentales: el caso &#8220;Massa&#8221;, vinculado con las medidas económicas de emergencia adoptadas tras la crisis de 2001, y recientemente en el fallo sobre los alcances de los DNU, conocido la semana pasada.</p>
<p>Por lo demás, Argibay consideró que &#8220;la Ley de Contrato de Trabajo le otorga al trabajador derecho a considerar que todos los montos que recibe como consecuencia de su prestación laboral tienen carácter remunerativo&#8221;.</p>
<p><strong>Fuente: </strong>Clarín</p>
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		<title>Economía rechazó el planteo de Santa Fe por la coparticipación federal de impuestos</title>
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		<pubDate>Thu, 18 Mar 2010 00:57:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[La subsecretaria de Relaciones con las Provincias y el subsecretario Legal del Ministerio de Economía rechazaron hoy el planteo de inconstitucionalidad formulado por Santa Fe, sobre la detracción de 15% de los recursos coparticipables con destino a la seguridad social. Fue en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema.
Los funcionarios del Palacio de Hacienda [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La subsecretaria de Relaciones con las Provincias y el subsecretario Legal del Ministerio de Economía rechazaron hoy el planteo de inconstitucionalidad formulado por Santa Fe, sobre la detracción de 15% de los recursos coparticipables con destino a la seguridad social. Fue en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema.</p>
<p>Los funcionarios del Palacio de Hacienda representaron al ministro Amado Boudou en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la que el gobernador Hermes Binner defendió la posición provincial.</p>
<p>El acto tuvo lugar en la Sala de Audiencias del cuarto piso del Palacio de Justicia.</p>
<p>&#8220;La ANSES está llegando a una situación de equilibrio y atender la demanda de Santa Fe significaría restar recursos para la atención de un millón de jubilados&#8221;, dijo Fracarolli.</p>
<p>Diez advirtió a su vez que &#8220;se podría llegar a una situación de default del sistema previsional, ya que se sumarían otros reclamos, como el que ya está planteado por San Luis, y entonces habría que discutir cómo financiar la seguridad social&#8221;.</p>
<p>El gobernador Binner solicitó que se declare &#8220;ilegítima&#8221; la quita del 15% para la ANSES desde 2006 (a través de la ley 26.078), ya que la provincia no adhirió a la prórroga de la norma que la estableció desde 1992, en el marco de llamado &#8220;Pacto fiscal I&#8221;.</p>
<p>Pidió además que se ordene la restitución de la mitad de los fondos detraídos por ese concepto, y que el año pasado llegaron a 2.100 millones de pesos.</p>
<p>&#8220;El problema de fondo es la inconsistencia del sistema federal y la centralización presupuestaria, cercana al 75%, lejos del mítico 50% y aún de la ley que fijaba 35% para las provincias&#8221;, sostuvo el mandatario santafesino.</p>
<p>Binner señaló que la Nación &#8220;se desprende de obligaciones&#8221; y mantiene una &#8220;alta presión tributaria&#8221;, lo que deja poco espacio para el cobro de impuestos provinciales.</p>
<p>Indicó luego que &#8220;se fijan subas salariales que no se pueden pagar en el interior&#8221;, en referencia al 23,5% de incremento dispuesto para el sector docente.</p>
<p>&#8220;Somos una provincia rica y pobre a la vez, ya que vemos una creciente producción, pero a la vez tenemos 160 mil jóvenes que no trabajan y estudian y elevados niveles de pobreza&#8221;, agregó.</p>
<p>Señaló después que &#8220;en 1992 había una situación de colapso, pero el perfil del sistema previsonal cambió sustancialmente con la absorción de los fondos que hasta 2008 manejaban las AFJP, y recuperó la totalidad de los flujos de aportes y contribuciones&#8221;.</p>
<p>Sostuvo además que &#8220;no pretendemos desfinanciar a la Nación ni judicializar una cuestión política, sino que la Corte Suprema resuelva un conflicto judicial&#8221;.</p>
<p>El fiscal de Estado santafesino, Jorge Barraguirre, dijo a su vez que la prórroga establecida en 2005 &#8220;mutó la naturaleza jurídica de la ley convenio hasta entonces vigente&#8221;.</p>
<p>Argumentó asimismo que &#8220;la imposición o distribución de tributos debe establecerse a través de un acuerdo entre la Nación y las provincias, ya que hay un derecho intrafederal que es la coparticipación federal, establecida en forma consensual&#8221;.</p>
<p>Fracarolli, por su parte, consideró que la detracción cuestionada equivale a recursos con asignación específica y recordó que su extensión fue aprobada por el Congreso nacional.</p>
<p>Agregó que &#8220;el Presupuesto nacional contempló para 2010 un superávit de más de 15 mil millones de pesos para la ANSES&#8221;, pero aclaró que &#8220;hoy se está llegando a una situación de equilibrio por la incorporación de la Asignación Universal por Hijo y la mayor cantidad de beneficios jubilatorios&#8221;.</p>
<p>El subsecretario Diez, en tanto, evaluó la demanda de Santa Fe como &#8220;un caso más de judicialización de la política&#8221;, que implica &#8220;una devaluación de los demás poderes del Estado&#8221;.</p>
<p>Las partes respondieron los requerimientos del presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti; la vicepresidenta, Elena Highton de Nolasco; y los ministros Juan Maqueda y Carmen Argibay.</p>
<p><strong>Fuente:</strong> Télam</p>
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		<title>La Justicia nombró coadministrador en Papel Prensa</title>
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		<pubDate>Mon, 08 Mar 2010 21:20:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[Tras una denuncia del Gobierno nacional realizada en febrero, el juzgado Comercial número 20 decidió poner al frente de la compañía a una autoridad adjunta. El magistrado que dispuso la medida es Eduardo Malde. La presentación había sido realizada por el Secretario de Comercio, Guillermo Moreno. 
La Justicia resolvió hoy nombrar a un coadministrador en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tras una denuncia del Gobierno nacional realizada en febrero, el juzgado Comercial número 20 decidió poner al frente de la compañía a una autoridad adjunta. El magistrado que dispuso la medida es Eduardo Malde. La presentación había sido realizada por el Secretario de Comercio, Guillermo Moreno. </p>
<p>La Justicia resolvió hoy nombrar a un coadministrador en la empresa Papel Prensa luego de la denuncia por irregularidades en el funcionamiento del directorio que hiciera el Gobierno Nacional, según señalaron fuentes judiciales.</p>
<p>En representación del Estado Nacional de los derechos societarios en Papel Prensa S.A. -27,46 % del paquete accionario- el Gobierno realizó la denuncia en febrero y el juez interviniente que resolvió la medida es Eduardo Malde, a cargo del juzgado Comercial 20.</p>
<p>El escrito había sido presentado el pasado 2 de febrero por el Secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, en representación del Estado Nacional.</p>
<p>En el documento se denunciaba a los directores Julio César Saguier (Grupo La Nación), Jorge Carlos Rendo (Grupo Clarín), Alejandro Alberto Urricelqui, Héctor Mario Aranda, Francisco Iván Acevedo, Alberto Maquieira y Guillermo González Rosas; a los que se suman los miembros titulares del Consejo de Vigilancia: Saturnino Herrera Mitjans, Alejandro Julio Saguier y Horacio Pablo Verdaguer, según destacó la agencia Télam.</p>
<p>Refería &#8220;graves irregularidades en el funcionamiento del directorio de Papel Prensa&#8221;, como la designación de Maquieira para ocupar la Presidencia del Directorio en reemplazo de Julio Saguier, resuelto el 4 de noviembre del año pasado.</p>
<p>Papel Prensa es una sociedad cuyo capital accionario es 49% del Grupo Clarín -de manera indirecta a través de sus sociedades controladas-; 27,46% del Estado nacional; 22,5% de La Nación; y el 1,04% en manos de terceros.</p>
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		<title>La Anses repatrió US$200 millones que EEUU negó a fondos buitre</title>
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		<pubDate>Thu, 04 Mar 2010 21:23:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) giró hoy al país fondos depositados en los Estados Unidos que habían sido liberados el lunes, luego de que la Corte Suprema de ese país rechazó una apelación de fondos buitres para embargar los activos.
El máximo tribunal estadounidense dejó en firme un fallo previo de la Corte [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) giró hoy al país fondos depositados en los Estados Unidos que habían sido liberados el lunes, luego de que la Corte Suprema de ese país rechazó una apelación de fondos buitres para embargar los activos.</p>
<p>El máximo tribunal estadounidense dejó en firme un fallo previo de la Corte Federal de Apelaciones del Estado de Nueva York, que en octubre de 2009 había rechazado la posibilidad de embargar cuentas de ANSES por 200 millones de dólares, recordó la administración en un parte de prensa.</p>
<p>&#8220;La Justicia de los Estados Unidos argumentó su decisión basándose en el Acta de Inmunidad Soberana de Estados Extranjeros -Foreign Sovereign Immunities Act de 1976-, la cual establece claramente que sólo pueden embargarse activos de estados extranjeros si estos son utilizados para actividades comerciales&#8221;, dijo la ANSES. El organismo señaló que de esta forma &#8220;se ratifica la inmunidad de los fondos administrados por ANSES, que son de carácter previsional y por lo tanto no pueden ser embargados&#8221;.</p>
<p>&#8220;El fallo representa un paso significativo en la estrategia judicial de ANSES frente a los intentos de embargos por parte de fondos privados del exterior, dado que sienta jurisprudencia y un fuerte precedente del máximo tribunal de justicia de los Estados Unidos&#8221;, dijo el director ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio</p>
<p><strong>Fuente:</strong> Los Andes</p>
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		<title>Reservas: Justicia concedió apelación al Gobierno</title>
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		<pubDate>Thu, 04 Mar 2010 21:20:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[La jueza en lo contencioso administrativo federal Claudia Rodríguez Vidal concedió hoy el recurso de apelación presentado por el Gobierno Nacional contra su decisión de suspender los efectos del decreto presidencial 298/10 que dispuso el uso de reservas para el pago de deuda externa. 
La jueza en lo contencioso administrativo federal Claudia Rodríguez Vidal concedió [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La jueza en lo contencioso administrativo federal Claudia Rodríguez Vidal concedió hoy el recurso de apelación presentado por el Gobierno Nacional contra su decisión de suspender los efectos del decreto presidencial 298/10 que dispuso el uso de reservas para el pago de deuda externa. </p>
<p>La jueza en lo contencioso administrativo federal Claudia Rodríguez Vidal concedió hoy el recurso de apelación presentado por el Gobierno Nacional contra su decisión de suspender los efectos del decreto presidencial 298/10 que dispuso el uso de reservas para el pago de deuda externa.</p>
<p>Con esta decisión la causa llegará a la Cámara del fuero, quien mañana ya estaría en condiciones de abocarse al tratamiento de los recursos, destacó Télam.</p>
<p>El Decreto de Necesidad y Urgencia 298/10 firmado por la presidenta Cristina Fernández crea el Fondo del Desendeudamiento Argentino (FDA) para reemplazar al Fondo del Bicentenario Argentino (FOBI), con el fin de pagar la deuda pública.</p>
<p>Además, de ese decreto, la jefa de Estado firmó el 297/10 que es el que dispone el uso de reservas, previamente transferidas del Banco Central al Tesoro de la Nación mediante el FDA, para el pago de los compromisos de la deuda externa correspondientes al 2010.</p>
<p>Más temprano, la jueza Rodríguez Vidal había suspendido el decreto 298/10 haciendo lugar a los planteos formulados por Graciela Camaño (PJ disidente) y por Gerardo Morales y Ricardo Gil Lavedra (UCR), aunque la medida no alcanza a los pagos que el Gobierno pueda hacer a los organismos internacionales por medio del decreto simple 297/10.</p>
<p>Respecto de las medidas adoptadas, Rodríguez Vidal aseguró ser &#8220;respetuosa de las instituciones y de las investiduras&#8221;, tras las críticas de la Presidenta al polémico fallo que frenó el Fondo de Desendeudamiento Argentino, según indicó el Centro de información Judicial.</p>
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		<title>La Corte Suprema aclaró que podría tratar la validez del nuevo decreto para el uso de reservas</title>
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		<pubDate>Thu, 04 Mar 2010 13:18:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>BancosAlDia.com</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídicas]]></category>

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		<description><![CDATA[El juez Carlos Fayt sostuvo que &#8220;todo puede llegar a la Corte y todo la Corte puede rechazarlo&#8221;. Una jueza frenó el último DNU del Ejecutivo que podría ser apelado. Ayer, el máximo tribunal declaró abstracto el debate sobre el Fondo del Bicentenario y desestimó un planteo opositor. 
El juez de la Corte Suprema Carlos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El juez Carlos Fayt sostuvo que &#8220;todo puede llegar a la Corte y todo la Corte puede rechazarlo&#8221;. Una jueza frenó el último DNU del Ejecutivo que podría ser apelado. Ayer, el máximo tribunal declaró abstracto el debate sobre el Fondo del Bicentenario y desestimó un planteo opositor. </p>
<p>El juez de la Corte Suprema Carlos Fayt no desestimó que la causa por el Fondo del Desendeudamiento Argentino, creado por el decreto anunciado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner llegue a su instancia.</p>
<p>Sostuvo que &#8220;todo puede llegar a la Corte y todo la Corte puede rechazarlo” en las ya tradicionales declaraciones con la prensa al salir de su domicilio.</p>
<p>Con el voto de cinco de sus miembros, el máximo tribunal declaró ayer abstracto el debate sobre el Fondo del Bicentenario y desestimó un planteo de la oposición.</p>
<p>El expediente sobre el nuevo DNU podría llegar a la Corte Suprema si el Gobierno apela el fallo de la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal número 3, Claudia Rodríguez Vidal, que volvió a suspender el uso de reservas del Banco Central para pagar la deuda pública. </p>
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