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Leasing

Concepto:
El Contrato de Leasing es aquel por el cual el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto para su uso y goce contra el pago de un canon y le confiere la opción de compra por un precio. La misma puede estar fijada en el contrato o ser determinada mediante procedimientos pactables.

Objeto:
Pueden ser objeto del contrato cosas muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de propiedad del dador o sobre los que el dador tenga la facultad de dar en leasing.

Opción de compra:
Ejercicio. La opción de compra puede ejercerse por el tomador una vez que haya pagado tres cuartas (3/4) partes del canon total estipulado, o antes si así lo convinieran las partes.

Ventajas:
Financia el 100% de la inversión
Importantes beneficios contables e impositivos
No inmoviliza capital de trabajo
Plazos acordes a la vida útil de la inversión
Legislación propia

Ventajas impositivas:
En el Impuesto al valor agregado: El IVA se abona con cada cuota de alquiler, en caso contrario al comprarlo debe abonarse sobre el precio total del bien en el momento de la compra
En el impuesto a las ganancias: se descuenta como gasto la cuota pagada. En cambio al comprar el bien se descuenta la amortización, que generalmente es un importe menor, representando mayor impuesto a pagar.

Tipos de leasing
Atendiendo a la naturaleza de los bienes financiados, puede distinguirse entre leasing de bienes muebles e inmuebles. El primero se aplica a la financiación de todo tipo de bienes y equipos necesarios para la actividad empresarial, entre los que pueden citarse como más característicos maquinaria y equipo de producción, herramientas, rodados, naves, aeronaves y cualquier otro bien susceptible de formar parte del rubro Bienes de Uso de las empresas. También se incluye en este grupo las marcas, patentes y software. El segundo permite financiar todo tipo de inmuebles

Desde otro punto de vista cabe distinguir entre leasing operativo y leasing financiero. En el leasing operativo el fabricante del bien o quien tiene la facultad de comercializarlo se lo entrega al cliente para que éste lo utilice por un periodo de tiempo fijado de común acuerdo. El cliente se obliga a pagar durante el tiempo de uso una cuota periódica de dinero, teniendo al vencimiento del periodo contractual, el derecho de adquirir el bien a un precio residual, el cual se hubo pactado de antemano. No es tan corriente como en el leasing financiero ejercer la opción de compra. Los bienes suelen ser de tipo estándar, ya que si no fuera así sería difícil colocarlos de nuevo a otros arrendatarios cuando finalice el alquiler. Las cuotas incluyen los gastos de mantenimiento y asistencia técnica del equipo. En el leasing financiero la institución financiera, a petición del cliente adquiere el bien previamente seleccionado por éste, y se lo entrega como propio. La única diferencia con la modalidad anterior radica en la intervención de un intermediario financiero. Es decir, aquí también intervienen dos partes: la institución de leasing, como dador del leasing, y el cliente como tomador. La principal diferencia entre ambas figuras consiste en que en el leasing financiero el arrendador transmite al arrendatario todos los riesgos, derechos y obligaciones derivados de la propiedad del bien arrendado, mientras que en el leasing operativo esta transmisión no se produce o se produce parcialmente.

Variante del Leasing
SALE AND LEASE-BACK

Se trata de una operación donde el tomador le vende al dador un bien de su propiedad para luego tomarlo en Leasing
La empresa se hace de capital fresco, que lo puede utilizar para aumentar su capital de trabajo, o cambiar la estructura de capital.

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